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El IRPF de los autónomos: Las retenciones y tramos en 2018

Todos los trabajadores deben cumplir con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF; los autónomos también. Este grava la renta de las personas físicas con el objetivo de contribuir al sostenimiento del Estado; cuantos más ingresamos, más pagamos a Hacienda.

¿Qué es el IRPF?

Se podría decir que las retenciones de IRPF son una especie de adelanto que todo trabajador hace a Hacienda a cuenta de la declaración de la renta. La AEAT (Agencia Tributaria) resta, de la nómina de los asalariados y de las facturas de los autónomos, una cantidad de dinero en concepto de los futuros abonos que deberán hacer en la declaración de la renta.

Al final del ejercicio fiscal, si las retenciones han sido demasiado altas el resultado de la declaración será a devolver. Es decir, Hacienda nos dará la cantidad extra que se nos retuvo. Y si es a pagar, es que las retenciones han sido bajas y debemos ingresar la diferencia al Estado.

Por este motivo, como trabajador por cuenta propia estás obligado a aplicar retenciones en cada una de tus facturas.

Para cumplir con tus responsabilidades fiscales en 2018 y evitar problemas con el fisco, te explicamos todo lo relativo al impuesto del IRPF para autónomos y cómo deberás aplicarlo.

¿Quién tienen que pagar IRPF?

La ley es muy clara al respecto y no deja lugar a dudas. Tal y como señala el artículo 8 del reglamento para el Impuesto sobre las Renta de las Personas Físicas, serán contribuyentes “todas las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español”.

Por tanto, cualquier individuo que obtenga una renta está obligado a hacer la declaración anual de la misma y tributar según sus ingresos.

Aun así, se contemplan algunas excepciones:

  • Con carácter general, los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000€ brutos anuales de un solo pagador estarán exentos de tributar. Es decir, podrán hacerlo si lo desean pero no están obligados.
  • Tampoco es necesario declarar las prestaciones públicas por actos de terrorismo, indemnizaciones por despido o cese del trabajador, pensiones por incapacidad, becas públicas…

¿Qué autónomos tienen que pagar IRPF?

Por normal general, los profesionales autónomos que se configuren como contribuyentes en estimación directa han de llevar a cabo cuatro liquidaciones trimestrales de IRPF. Sin embargo, dependiendo del tipo de trabajador por cuenta propia que sea, este deberá calcular el pago trimestral del IRPF de manera distinta.

Es decir, la actividad que realizamos como profesionales por cuenta propia será la que determine si debemos pagar IRPF o no. En España están obligados los autónomos que lleven a cabo actividades profesionales o artísticas y que, por tanto, estén dados de alta en las secciones segunda o tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Los autónomos exentos son aquellos dados de alta en actividades empresariales; es decir, aquellas incluidas en la sección primera del IAE.

¿Cómo afecta el IRPF al autónomo?

Para los autónomos obligados a cumplir con el impuesto del IRPF, este se calcula de forma diferente según el tiempo que el profesional lleve dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Con carácter general, el tipo de retención a aplicar en las facturas es de un 15% sobre la base imposible.

Sin embargo, en el caso de nuevos autónomos en actividades profesionales, en el año en el que se dan de alta y en los dos siguiente solo tienen que aplicar el 7%. El requisito para obtener esta reducción es no haber estado dado de alta en una actividad económica en los doce meses anteriores.

Con esta ayuda, el autónomo mejora su liquidez y le resultará mucho más fácil iniciar su actividad y emprender.

Además de entender qué porcentaje de IRPF te corresponde, es importante saber cuándo aplicarlo. Y es que las facturas a clientes particulares no llevan llevan retención ya que esas personas no presentan a Hacienda declaraciones por retenciones. Debes incluirlo siempre en facturas que emitas a otros autónomos, a sociedades y personas jurídicas.

¿Cómo aplicar el IRPF en las facturas?

Aplicar el IRPF como autónomo es muy sencillo. Lo único que debes hacer es crear tu factura y añadir una línea con la retención correspondiente. Los pasos a dar son:

  1. Calcula el importe total de tus servicios; esto se conoce como base imponible.
  2. Sobre la base imponible deberás calcular el porcentaje correspondiente de IRPF que debes aplicar (un 7% o un 15%).
  3. Resta la cantidad obtenida a la base imponible.
  4. El producto de esta operación será la cantidad que cobrarás.

Recuerda que, en este proceso, también deberás calcular el IVA (21%, en la mayoría de los casos) que se suma sobre la base imponible.

Para verlo más claro te ponemos un par de ejemplos:

Si llevas menos de tres años como autónomo

La cuota de IRPF que deberás aplicar es del 7%. Por tanto, si realizas un servicio por valor de 100€ deberás hacer la siguiente operación en tu factura:

  • Base imponible: 100€
  • IRPF (-7%): 7€
  • IVA (+21%): 21€
  • Total: 100+ 21 – 7 = 114€

Si ya llevas más de 3 años como autónomo

En este caso la cuota de IRPF que deberás aplicar es del 15%, y quedaría en tus facturas tal que así:

  • Base imponible: 100€
  • IRPF (-15%): 15€
  • IVA (+21%): 21€
  • Total: 100 + 21 – 15 = 106€

Tramos del IRPF en 2018

Los tramos de IRPF establecen el tipo de gravamen que debemos de soportar a la hora de hacer la declaración de la renta. Es decir, son los que determinan cuánto debemos de pagar a Hacienda cada año en función de nuestros ingresos y circunstancias personales.

Estos son unos índices dinámicos, por lo que cada año varían en función de las decisiones que tome el gobierno. Por lo tanto es importante estar atentos a las novedades para, así, poder estimar el resultado final de la declaración de la renta.

Estos se presentan, normalmente, en una tabla. A continuación, te dejamos los tramos actuales del IRPF para la declaración de este 2018:

Esto significa que los ingresos de hasta 12.450€ tributarán al 19%; los ingresos entre los 12.450€ y 20.200€ al 24% … Y así, tal y como indica la tabla para cada caso.

Sin embargo, como decíamos, la retribución no es el único dato que se tiene en cuenta en la retenciones de IRPF. Las circunstancias personales determinan la cantidad total que deberemos pagar a Hacienda. Es decir, el estado civil, el número de hijos… En ciertos casos se pueden aplicar descuentos que juegan a tu favor.

La Agencia Tributaria publica, cada año, un manual actualizado para realizar la declaración de la renta. Es útil consultarlo y ver qué deducciones podemos aplicar.

Gastos deducibles

Como autónomo adscrito al régimen de estimación directa del IRPF, puedes deducir aquellos gastos relacionados con tu actividad profesional. Esto ayudará a que, en la cuenta final, pagues menos impuestos a Hacienda.

Los requisitos para ser gastos deducibles son:

  • Ser gastos vinculados a la actividad económica que realices como autónomo.
  • Estar adecuadamente justificados mediante sus correspondientes factura, recibos o tickets.
  • Haberlos registrado en tu contabilidad en los libros de gastos e inversiones.

Estos son, por ejemplo:

  • Consumos de explotación.
  • Sueldos y salarios.
  • Seguridad Social a cargo de la empresa.
  • Arrendamientos y cánones.
  • Reparaciones.
  • Tributos fiscalmente deducibles.
  • El IVA soportado.
  • Gastos financieros.
  • Amortizaciones.

Algunos gastos no deducibles:

  • Penalizaciones o multas administrativas y fiscales que son responsabilidad del autónomo.
  • Gastos de servicios realizados en paraísos fiscales.
  • Donativos.
  • Pérdidas cuyo origen se encuentre en el juego.

En este aspecto también puede haber novedades y cambios, por lo que es importante que estés al tanto o que consultes con un asesor que te guíe en la deducción de gastos.

¿Cómo liquidar el IRPF?¿Qué modelos hay que presentar a Hacienda?

Como hemos visto, cada tres meses deberás liquidar el pago fraccionado a Hacienda del IRPF. Deberás hacerlo a través del modelo 130 si declaras mediante estimación directa normal o simplificada; o a través del modelo 131 si  te encuentras en el régimen de estimación objetiva, conocido popularmente como “módulos”.
Los períodos de presentación, para ambos, son los mismos:

  • Del 1 al 20 de abril
  • Del 1 al 20 de julio
  • Del 1 al 20 de octubre.
  • Del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Estos pueden ser entregados a la Agencia Tributaria de forma presencial en una oficina o a través de vías telemáticas. Y si la liquidación sale positiva o a ingresar, el pago puede efectuar en un banco o domiciliarlo directamente a una cuenta personal.

La mejor forma de cumplir con tus responsabilidades fiscales con Hacienda es utilizar una herramienta de contabilidad online como anfix, que te permite crear tus modelos de impuestos con un simple clic. ¡Listos para enviar a la Agencia Tributaria!

Este tipo de programas centralizan toda tu actividad facilitándote la tarea de facturar, llevar la contabilidad y cumplir con el pago de impuestos trimestrales. anfix te ahorra tiempo y te ayuda a tomar mejores decisiones como autónomo.

Fuente:Cepymenews


Fuente: Club de Emprendedores