OBJETIVO
Se pretende conocer qué es un “canal de denuncias” según establece la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción en base a la Directiva europea 1937/2019, así como otras cuestiones prácticas que afecta a la organización de la empresa.
CONTENIDOS
H
1.- ¿Qué es el canal de denuncias?
2.- Normativa del canal de denuncias
3.- Qué empresas deben tener el canal de denuncias
4.- Plazos para la implantación
5.- Designación del responsable del canal de denuncias
6.- Requisitos del canal de denuncias
7. – Gestión del canal de denuncias
8. – Protección del denunciante
9. – Ventajas del canal de denuncias
10. – Sanciones por el incumplimiento de la no implantación
Ponente
Rocío Fernández Vílchez es abogada y socia de la firma de abogados HispaColex, en la que ocupa el puesto de letrada del Dpto. de Derecho Penal, con más de 15 años de experiencia profesional, está especializada en derecho penal empresarial.
Como letrada experta en asesoramiento jurídico-penal a empresas, tiene un alto grado de especialización en asuntos de máxima actualidad, como el Compliance Penal, que es un sistema de prevención de delitos para evitar, o atenuar, su responsabilidad penal por los actos cometidos por su órgano de administración o empleados. Este sistema no es obligatorio, si bien sí es recomendable. La adopción e implementación del Compliance permitirá eximir de la responsabilidad penal a la persona jurídica por los delitos cometidos en su nombre o por cuenta de las mismas en su beneficio directo o indirecto.
Así mismo, cuenta con el certificado de Perito en Compliance que la habilita para formar parte de la lista única de peritos de Compliance del TSJA.
BIO: https://www.hispacolex.com/profesionales/rocio-fernandez-vilchez/
LUGAR DE CELEBRACIÓN E INSCRIPCIÓN
virtual
27-10-2023
09:30 - 11:00
Este webinar se impartirá a través de la plataforma ZOOM.US. Esta entidad recomienda tener actualizado su programa a la última versión (ver. 4.6.9 o superior)