A continuación te detallamos cada una de ellas, así como los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de esta rebaja en la cuota de autónomos durante el periodo establecido.
Tarifa plana para nuevos autónomos
La tarifa plana, en vigor desde 2013, es la bonificación estrella. Inicialmente se aprobó una cuota de 50 euros al mes, pero pueden acogerse a ella autónomos de todas las edades. Para ello sólo hay que cumplir un único requisito: no haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 5 años.
Pasados los seis primeros meses iniciales, el aumento de la cuota es progresivo.
Bonificaciones para autónomos colaboradores
La reducción de la cuota de autónomos a la que pueden acogerse los autónomos colaboradores es similar a la tarifa plana, pero no es compatible. Durante los primeros 18 meses se pueden beneficiar de una reducción del 50% de la cuota a la SS, mientras que los 6 meses siguientes el porcentaje desciende al 25%.
Bonificaciones para autónomos societarios
En un principio los autónomos societarios o gestores de una sociedad mercantil no pueden acogerse a la tarifa plana de 50 euros ni tampoco tienen acceso a la mayoría de bonificaciones de las que disfrutan el resto de trabajadores autónomos.
Bonificación para la conciliación familiar
La bonificación para la conciliación de la vida familiar y laboral consiste en una reducción de la cuota de autónomos que permite a los autónomos acogerse a una reducción de la jornada para ocuparse del cuidado de un hijo menor de 7 años, o un familiar dependiente de hasta 2º grado. Esta bonificación es del 100% de la cuota de autónomos.
Otras reducciones de cuota para trabajadores autónomos
Dependiendo del sector al que te dediques, existen deducciones de la cuota pensadas para profesionales en pluriactividad o del sector agrario