Una vez tomada la decisión de ser empresario, hay que darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
Las personas físicas tienen la obligación de presentar el modelo 037 de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
Las personas jurídicas tienen la obligación de presentar el modelo 036 de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
En el plazo de 30 días desde el alta en Hacienda hay que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)