Mediante el régimen de Estimación Directa Simplificada (EDS) se paga aproximadamente un 20% de los beneficios, es decir de la diferencia entre ingresos y gastos. En función del tipo de actividad del negocio puede deducirse un 5% adicional en concepto de “Gastos de difícil justificación”.
A través del sistema de Estimación Objetiva (Módulos), se paga una cantidad trimestral fija que se calcula al inicio del ejercicio a partir de unas tablas publicadas por Hacienda. En lugar de tributar por los beneficios reales, se paga por los beneficios que Hacienda estima que el negocio va a tener teniendo en cuenta una serie de variables como por ejemplo: metros del local, persona asalariado, personal no asalariado, consumo de luz…)