Todas las Sociedades Mercantiles deben llevar:
Libros Contables obligatorios:
- Libro diario
- Libro de inventarios y Cuentas anuales
Libros Mercantiles obligatorios:
- Libro o libros de actas
- Libro registro de socios
Libros Fiscales obligatorios:
- Libros de IVA (si corresponde)
Las personas físicas deben llevar:
- Libro de ventas e ingresos
- Libro de compras y gastos
- Libro de bienes de inversión
Estos libros deben ir acompañados de las facturas correspondientes, numeradas por orden de echa y agrupados por trimestres.
Para los autónomos que estén acogidos al sistema de módulos, solo existe la obligación de tener el libro de bienes de inversión y los justificantes de los módulos aplicados.