Hacer realidad el sueño de emprender conlleva grandes ilusiones, pero también riesgos y muchas dudas. A la inversión inicial de comprar o alquilar un local se le unen otros gastos, como la adquisición de mobiliario, vehículos, maquinaria de vending o autoexpendedoras, equipos informáticos, rótulos y luminosos, etc.
Estos costes pueden ascender tanto que quizá el emprendedor sienta demasiada presión y abandone su idea antes de que ésta vea la luz, o cierre el negocio más pronto de lo esperado por no haber llevado bien las cuentas. La mejor solución a este problema es buscar alternativas a la compra directa para lo que se cuenta con diferentes opciones, como el leasing o el renting.
Ambas sirven para alquilar bienes nuevos de forma rápida, con cuotas establecidas dependiendo del tipo de bien, pero tienen claras diferencias y algunas ventajas únicas. Hedilla Abogados, ha elaborado una breve guía para ayudar a los nuevos empresarios a despejar dudas:
¿Qué es el renting? Se trata de un alquiler a largo plazo, denominado también arrendamiento operativo, mediante el que la empresa de renting suministra un bien o servicio al empresario, que pagará una cuota mensual durante el tiempo que dure el contrato.
Ventajas:
- Contrato completo con cobertura: a diferencia del leasing, incluye el mantenimiento, las reparaciones y el seguro de los bienes, incluso la ITV en el caso de los turismos.
- Posibilidad de compra: al finalizar el acuerdo, se puede comprar el producto, si se ha incluido una cláusula que así lo especifique.
Inconvenientes:
- El producto nunca te pertenece: sólo es una cesión durante el tiempo acordado.
¿Y el leasing? Es un contrato de arrendamiento financiero regulado por la ley, que se formaliza mediante una entidad de crédito, ya que se detallan los riesgos y beneficios de esta propiedad. El pago del empresario será mensual e integrará la amortización del nominal, el coste de financiación y el impuesto indirecto correspondiente.
Ventajas:
- Variedad de bienes: se pueden adquirir equipos nacionales e importados, conociendo las cuotas desde el principio, acordadas en base a las necesidades de cada cliente, por lo que se evitan sorpresas.
- Flexibilidad: otros convenios pueden ser más restrictivos, mientras que estos son más abiertos, ya que el usuario es ‘dueño’ del producto. Es por ello, que tiene más poder de decisión sobre la elección del seguro, los talleres, etc.
Inconvenientes:
- Compra obligatoria: este tipo de financiación obliga a la compra del producto tras finalizar el contrato, aunque el usuario puede ejercer su derecho de cancelar esta cláusula.
Además de estas ventajas únicas, el renting y el leasing comparten unos cuantos puntos positivos si los comparamos con la compra directa.
Puntos a favor de ambos frente a la compra directa:
- Tecnología a la última: estas opciones permiten disponer de los productos más modernos, pudiendo renovarlos con regularidad, por lo que no tendremos equipos obsoletos.
- Evaluar los bienes primero: suponen una forma de análisis de los servicios de que disponemos, para valorar su eficacia y funcionamiento primero y decidir después si queremos comprarlos.
- Deducciones: si el autónomo compra una furgoneta de reparto, por ejemplo, podrá deducírsela en la Declaración de la Renta, no así si es un turismo. El 50% del IVA pagado al adquirir un vehículo o furgoneta de estas características se considera soportado, por lo que se puede descontar al realizar el abono. También se puede deducir el arrendamiento en el Régimen de Estimación Directa del IRPF, siempre que el contratante demuestre que ha adquirido estos bienes para desarrollar su actividad profesional o empresarial.
Desventajas de ambos frente a la compra directa:
- Intereses de la financiación: los intereses de financiación incrementan el precio de los productos frente al coste de los mismos si se adquieren mediante compra directa.
- Imposibilidad de modificaciones: no podrá realizarse ningún tipo de cambio o modificación en el producto, sin el consentimiento o autorización de la empresa.
- Penalizaciones: en caso de incumplir alguno de los artículos del contrato, se deberá asumir una penalización.
Lo que está muy claro es que una de las mejores formas de evitar que los gastos de iniciar un negocio asciendan tanto, que no se pueda hacer frente a ellos, es adquirir una empresa que ya funcione, en vez de comenzar desde cero. Esta evidente ventaja de adquirir un negocio traspasado estará acompañada de otro aspecto muy favorecedor, como que ya contará con una clientela fija, por lo que será más sencillo que permanezca abierto durante más tiempo.
Fuente: http://www.ticpymes.es
Fuente: Club de Emprendedores